Nombre del trámite:
Duplicado de la autorización de lunas o vidrios oscurecidos o polarizados por diferentes causales.
Requisitos generales:
- Boucher de pago del derecho en el Banco de la Nación.
- Solicitud en formato Nº 9 – TUPA PNP/DIRTRAN u oficio (según modelo) suscrito por el Director Administrativo de la Entidad Pública, sobre vehículo (s) del Estado Peruano.
- Identificarse con su DNI y permitir toma de huella dactilar por sistema biométrico.
- Presentar Certificado de Antecedentes Policiales actualizado del propietario y el conductor o conductores (se paga en el Banco de la nación y se tramita en la sede de la Av. Aramburú 550).
- Copia emitida por la SUNARP sobre vigencia de poderes (para personas jurídicas).
Costo:
- Personas naturales y jurídicas: DUPLICADO 2,25 % UIT = S/. 86,5
- Entidades públicas – vehículos del Estado y diplomáticas a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Inicio del procedimiento:
- Lima: División de Policía de Tránsito PNP – Unidad de Lunas Polarizadas (Av. 28 de Julio cdra. 20 La Victoria).
- Provincias: Ventanillas Únicas de las Unidades y Dependencias PNP autorizadas en forma desconcentrada por la DIVPOLTRAN PNP.
Plazo para resolver:
- 5 días hábiles
Reconsideración:
- Jefe de la Oficina de Lunas Oscurecidas de la Policía de Tránsito PNP o Jefe de la dependencia PNP autorizada contra la cual se impugna el acto administrativo.
- Plazo para presentar recurso: 15 días.
- Plazo para resolver recurso: 30 días.
Apelación:
- Jefe de División de Tránsito PNP.
- Plazo para presentar recurso: 15 días.
- Plazo para resolver recurso: 30 días.
Base Legal:
- Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 005-2004-IN publicado el 1 MAR.2004.
- Artículo 44, 45.1, 46 Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Ley Nº 27444 publicado 11ABR.2001.
Fuente:
- TUPA PNP
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